Reclamación de cantidad laboral ▷ plazos y derechos del trabajador

¿Has trabajado duro y no has cobrado tu salario? ¿Te deben horas extras y no sabes cómo reclamarlas? ¿Te han despedido y no te han pagado la indemnización? Si te encuentras en alguna de estas situaciones, la reclamación de cantidad laboral te interesa.

En los últimos años, las reclamaciones por impago de salarios han aumentado en España, siendo los salarios impagados y las horas extras no pagadas las causas más comunes. Aquí, te daremos algunos consejos prácticos para que tu petición tenga más posibilidades de ser aceptada, ya que la tasa de éxito de las reclamaciones de cantidad laboral es alta, especialmente en los casos de salarios impagados.

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¿Qué es la reclamación de cantidad laboral?

La reclamación de cantidad laboral es el derecho que tiene el trabajador de exigir el pago de los montos que le adeuda el empleador por concepto de salario, horas extras, indemnización, vacaciones, etc. Se trata de un derecho fundamental que está reconocido en el artículo 35.1 de la Constitución Española y en el artículo 29.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Para ejercer este derecho, el empleado debe seguir un procedimiento específico, que consta de dos fases: la reclamación administrativa previa y la demanda judicial. A continuación, te explicamos en qué consiste cada una de ellas y cuáles son los plazos que debes tener en cuenta.

¿Qué hacer si no te pagan el salario?

Envía una comunicación formal por escrito:

  • Puedes hacerlo por carta, correo electrónico o burofax.
  • En la comunicación, indica el importe del salario impagado, el período al que corresponde y exige el pago inmediato.
  • Guarda una copia de la comunicación para tus registros.
  • La empresa tiene 10 días para responder a tu solicitud.
  • Si no responde o no te ofrece una solución satisfactoria, puedes pasar al siguiente paso.

Reclamación administrativa

Es el paso previo e imprescindible para poder solicitar una querella judicial por reclamación de cantidad laboral.

Primero, debes presentar una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Este escrito debe contener lo siguiente:

  • Los datos personales del trabajador y del empleador.
  • La relación laboral existente entre ambos.
  • La suma que se reclaman y el concepto de las mismas.
  • La fecha en que se produjo el incumplimiento.
  • La firma del asalariado o de su representante legal.

Nota

  • La papeleta de conciliación es un trámite gratuito.
  • Tienes un año para presentar la papeleta de avenencia desde la fecha en que se produjo el impago.
  • La reunión se celebrará en un plazo máximo de 15 días desde la presentación de la protesta.
  • Si el pacto tiene éxito, se firma un acuerdo que es obligatorio para ambas partes.

Si has agotado todas las vías extrajudiciales y no has conseguido cobrar tu sueldo, puedes iniciar una demanda judicial.

  • Tienes un año para presentar la petición judicial desde la fecha en que se produjo el impago.
  • Si la deuda se ha producido de forma continuada, el fecha se amplía a cuatro años.

La solicitud de exigencia de cantidad laboral se entrega ante el Juzgado de lo Social competente, que es el que corresponde al lugar donde se presta el servicio o al domicilio del demandado, a elección del empleado.

Documentación necesaria para la demanda:

  • Haber realizado previamente la reclamación administrativa previa ante el SMAC y haber obtenido un resultado de sin avenencia, intentado sin efecto o incumplimiento del acuerdo.
  • Acreditar la existencia y la cuantía de la deuda mediante los medios de prueba admitidos en derecho, como nóminas, recibos, contratos, etc.
  • Copia del contrato de trabajo.

Nota

  • Una vez presentada la demanda de reclamación de salario impago, el Juzgado de lo Social admitirá a trámite del requerimiento y citará a las partes a un juicio oral, que se celebrará en un plazo máximo de tres meses desde la presentación de la demanda.
  • La sentencia se notificará a las partes en un plazo máximo de cinco días desde su dictado.
  • La veredicto podrá ser recurrido en suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de cinco días desde su notificación, si el monto solicitado supera los 3.000 euros o si afecta a derechos fundamentales.

¿Qué es la prescripción de la reclamación por salarios impagados?

La anulación de la reclamación de cantidad laboral es el fenómeno jurídico que implica la pérdida del derecho a solicitar  judicialmente el importe que le adeuda el empleador, por el transcurso del tiempo sin haber ejercido dicha potestad.

Vencimiento de la acción para reclamar:

  • La acción para exigir los salarios impagados prescribe a los cuatro años.
  • El plazo de prescripción comienza a contar desde la fecha en que se produjo la deuda.

El plazo de caducidad puede interrumpirse por causas como:

  • La reclamación del trabajador por escrito.
  • La interposición de una queja judicial.

Derechos del trabajador en caso de impago de salario

Salario mínimo interprofesional (SMI):

  • El trabajador tiene derecho a percibir el SMI, incluso si el contrato de trabajo establece un salario inferior.
  • Si el trabajador no ha cobrado el SMI, puede reclamar la diferencia a la empresa.
  • Indemnización por daños y perjuicios.
  • El asalariado tiene derecho a no ser despedido por pedir el pago del salario.
  • El empleado tiene derecho a la tutela judicial efectiva.
  • Puede rescindir el contrato por incumplimiento del empleador, sin perder la autoridad de reclamar el pago de los sueldos acumulados.

Derecho a solicitar el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA):

  • El periodo para pedir el FOGASA es de un año desde que el dictamen, el auto, el acuerdo judicial o el acta de arreglo administrativa con avenencia sean firmes, según el artículo 33.5 del Estatuto de los Trabajadores.

El FOGASA abonará al trabajador las siguientes cantidades:

  • Los salarios adeudados, con el límite de 120 días y el doble del salario mínimo interprofesional, incluyendo los pagos en especie.
  • Las indemnizaciones por extinción del contrato, con el límite de una anualidad y el doble del SMI, sin anexar los saldos acumulados.

Preguntas frecuentes 

¿Qué debo hacer si me han despedido por reclamar el pago de mi salario?

Puedes tener derecho a una indemnización por despido improcedente. Tienes 20 días hábiles desde la fecha en que te comuniquen el despido para mostrar la demanda.

¿Qué necesito hacer si mi empresa no me ha dado de alta en la Seguridad Social?

Denunciar la situación a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Igualmente puedes exigir el alta directamente con la empresa por medio escrito. De no ser efectivo, inicia una querella administrativa o judicial. Tienes un periodo de 4 años para ello.

¿Qué puedo hacer si el empleador no cumple con el acuerdo de conciliación?

En este caso, puedes solicitar la ejecución del mismo ante el Juzgado de lo Social, en el plazo de un año desde que se firmó el acuerdo. El Juzgado de lo Social ordenará al empleador el pago del monto adeudado, y podrá imponerle multas o embargarle bienes si no lo hace.

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